Para determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que debe retenerse al trabajador por concepto de prima vacacional, existen dos métodos permitidos por la ley: Sumar la parte gravada de la prima vacacional a los ingresos ordinarios del trabajador en la quincena correspondiente, y calcular el ISR sobre el total acumulado. Aplicar el procedimiento previsto en el artículo 174 del Reglamento de la Ley del ImVisítanos en: www.amedirh.com.mx 33 RETORNO DE INVERSIÓN la recuperación física y mental del trabajador, resulta evidente que este derecho no puede sustituirse por una compensación económica. Las vacaciones están diseñadas para ser disfrutadas, no para ser intercambiadas por dinero, salvo en el caso excepcional de la terminación de la relación laboral, donde sí procede el pago proporcional de los días no gozados. Garantizar este descanso no solo es una obligación legal, sino también una inversión en la salud y el rendimiento del personal. Prima vacacional La prima vacacional es un ingreso adicional que recibe el trabajador al disfrutar de sus vacaciones, y su pago está regulado por el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece que no puede ser inferior al 25% del salario correspondiente al periodo vacacional. No obstante, las empresas tienen la posibilidad de ofrecer un porcentaje mayor, ya sea a través del contrato individual o colectivo de trabajo, como una estrategia para reconocer el esfuerzo del personal e incentivar su compromiso y productividad. Prima vacacional: ¿ingreso exento para el trabajador? De conformidad con lo previsto por el artículo 93, fracción XIV de la Ley del ISR, los ingresos percibidos por concepto de prima vacacional estarán exentos hasta por el equivalente a 15 UMAS (actualmente $1,697.10). Por el excedente se tendrá que pagar el ISR correspondiente. Consideremos el siguiente ejemplo de un trabajador que tiene 4 años de antigüedad y un salario mensual de 21,000.00 pesos Salario mensual Días del mes Salario diario Días de vacaciones Salario periodo vacacional % prima vacacional Prima vacacional a pagar Prima vacacional exenta Prima vacacional gravada 21,000.00 30 700.00 18 12,600.00 25% 3,150.00 1,697.10 1,452.90 Entre: Igual: Por: Igual: Por: Igual: Menos: Igual: puesto sobre la Renta, el cual permite calcular el impuesto de forma independiente para este concepto. Ambas opciones son válidas. La elección del método puede influir en el monto del impuesto retenido, por lo que es recomendable analizar cuál resulta más favorable conforme al perfil de cada trabajador.
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